Documento de control

DeCA: el documento de control del transporte, generado desde el viaje

El documento de control administrativo acompaña a cada envío del transporte público de mercancías por carretera en España. Desde el 5 de octubre de 2026 debe ser electrónico. Qué es, qué contiene, qué exige el formato digital y cómo lo genera SIDODI.

  • Orden FOM/2861/2012
  • Resolución de 5 de junio de 2026
  • Ley 9/2025
El DeCA en SIDODI (24 s, datos de demostración).
5 de octubre de 2026. Desde esa fecha el documento de control del transporte público de mercancías por carretera es necesariamente digital (disposición transitoria octava de la Ley 9/2025 (se abre en una pestaña nueva); fecha indicada por el Ministerio de Transportes (se abre en una pestaña nueva)). Las características del fichero, de la URL y del QR están en la Resolución de 5 de junio de 2026 (se abre en una pestaña nueva).

Qué es

Un documento administrativo por cada envío

El documento de control no es el contrato: es el documento que permite a la inspección saber quién contrata, quién transporta, qué, de dónde a dónde y en qué vehículo.

La Orden FOM/2861/2012 (se abre en una pestaña nueva) lo regula como un documento de naturaleza administrativa que debe formalizarse por cada envío en que se materialice un contrato de transporte público de mercancías por carretera, y que debe llevarse a bordo del vehículo acompañando a las mercancías (artículos 1 y 3). En un contrato de transporte continuado hay tantos documentos de control como envíos.

Están obligados a formalizarlo el transportista efectivo (titular de la autorización con la que se hace el transporte) y el cargador contractual (quien contrata directamente con el transportista efectivo, ya sea el cargador real, otro transportista, una agencia, un transitario, un operador logístico u otro intermediario), según el artículo 4.

Es obligatorio en los transportes interiores y en el cabotaje en España. En los transportes internacionales se usan los documentos de los convenios suscritos por España, como la carta de porte CMR (artículo 222 del Reglamento de la LOTT (se abre en una pestaña nueva)).

No se aplica a los transportes que no necesitan autorización, las mudanzas, el traslado de vehículos accidentados o averiados en vehículos especiales ni la paquetería de pocos bultos manipulables por una persona (artículo 2.1). Su formato es libre (artículo 5).

Qué contiene

Los datos esenciales del artículo 6

La tabla recoge el contenido mínimo y quién responde de la exactitud de cada dato, según el artículo 7 en la redacción de la Orden TRM/282/2026, en vigor desde el 29 de marzo de 2026.

Datos mínimos del documento de control y responsable de cada uno
Art. 6DatoResponde de su exactitud
a)Nombre o denominación social, NIF y domicilio del cargador contractual.Cargador contractual
b)Nombre o denominación social y NIF del transportista efectivo.Cargador contractual
c)Lugar de origen y destino del envío.Cargador contractual
d)Naturaleza y peso de la mercancía (u otra magnitud si el peso exacto es difícil de determinar).Cargador contractual
e)Identificación de la autorización especial de circulación, cuando el vehículo circule con una.Transportista efectivo
f)Fecha de realización del transporte del envío.Transportista efectivo
g)Matrícula del vehículo; en un conjunto articulado, la de la tractora y la del remolque o semirremolque. Si se cambia de vehículo iniciado el transporte, debe constar.Transportista efectivo
h)Observaciones, reservas u otras indicaciones, cuando lo soliciten los intervinientes.Quien las incluya

Fuentes: artículos 6 y 7 de la Orden FOM/2861/2012 (se abre en una pestaña nueva), modificados por el Real Decreto 70/2019 y la Orden TRM/282/2026 (se abre en una pestaña nueva). Ambos obligados responden de no formalizar el documento o de no llevarlo a bordo, salvo que el cargador contractual pruebe que lo emitió.

El DeCA electrónico

Qué exige la Resolución de 5 de junio de 2026

La resolución de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril sustituye a la de 22 de mayo de 2023 y fija cómo deben ser las aplicaciones, los ficheros, las URL y las firmas.

La aplicación

  • Contiene al menos los datos del artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012.
  • Genera el fichero en cuanto se conocen los datos y siempre antes del inicio efectivo del servicio, registrando la fecha y hora de creación y de cada modificación.
  • Guarda los ficheros en un repositorio disponible para la descarga en las inspecciones; el dominio puede ser cualquiera y no hay que comunicarlo antes.

El fichero

  • PDF de no más de 5 MB, con la fecha de creación y de modificación como metadatos.
  • Generación nativa digital a partir de datos estructurados: no valen escaneos ni imágenes.
  • Código QR dentro del propio PDF con la URL única del documento.
  • Conservación durante al menos un año por el cargador contractual y el transportista efectivo.

La URL

  • HTTPS con TLS 1.2 o superior, construida libremente por quien la genera.
  • No puede expirar antes de terminar el servicio y, mientras dura, debe producir la descarga directa del PDF.
  • No es válida una URL que lleve a una página con credenciales, botones de descarga u otra interacción manual.
  • Siete días naturales después de finalizar el servicio se puede desactivar la descarga.

Cambios, agrupación y conductor

  • Si cambian los datos en ruta: o se modifica el mismo PDF (añadiendo los nuevos datos y el motivo, y marcando los antiguos como no válidos, con la misma URL) o se genera un PDF nuevo con nueva URL, conservando el original.
  • Varios envíos pueden ir en un mismo DeCA si el cargador contractual y el transportista efectivo son los mismos.
  • El conductor lleva una copia con el QR, en el móvil o en papel, antes de iniciar el servicio.

Fuente: apartados primero a noveno de la Resolución de 5 de junio de 2026 (se abre en una pestaña nueva) (BOE de 12 de junio de 2026). La resolución añade que, si los datos del artículo 6 se gestionan con el esquema del Reglamento (UE) 2020/1056 (eFTI), no será necesario presentar el DeCA en la forma descrita.

Calendario

De la orden de 2012 al DeCA obligatorio

Hitos normativos del documento de control
FechaQué ocurreTipo
5 jul. 2013Entra en vigor la Orden FOM/2861/2012, publicada en el BOE el 5 de enero de 2013.Entrada en vigor
5 dic. 2025Entra en vigor la Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, que ordena digitalizar el documento de control en diez meses.Norma aprobada
29 mar. 2026Entra en vigor la Orden TRM/282/2026, que corrige el reparto de responsabilidades del artículo 7.Modificación
12 jun. 2026Se publica la Resolución de 5 de junio de 2026 con las características del DeCA electrónico.Desarrollo técnico
5 oct. 2026El documento de control pasa a ser necesariamente digital.Obligación
9 jul. 2027Aplicación plena del Reglamento eFTI: las autoridades deben aceptar la información de plataformas certificadas.Aplicación (UE)

En SIDODI

Cómo se genera y se mantiene el DeCA

  • Desde el viaje. Cargador contractual, transportista efectivo, origen, destino, mercancía, fechas y matrículas salen de los datos del viaje y sus envíos. No se teclean dos veces.
  • Validación antes de emitir. SIDODI comprueba el contenido y el formato (PDF nativo, tamaño, QR, URL segura) y no emite si falta algo obligatorio.
  • PDF con QR. El documento se genera como PDF nativo con su código QR y queda asociado al viaje y, a través de él, al expediente.
  • Versiones. Si el viaje cambia, se reemite indicando el motivo. Cada versión queda numerada con su fecha, su autor y la huella SHA-256 del PDF, y la anterior se conserva.
  • Al conductor. El enlace llega a la app del conductor y puede enviarse por WhatsApp.
  • Varios envíos. Un viaje con varios envíos del mismo cargador contractual y transportista efectivo puede documentarse en un único DeCA, con cada envío identificado.
  • Accesos y firmas. Cada apertura del PDF desde el QR queda en la línea de tiempo. Si el DeCA se usa también como documento contractual, la empresa puede sellarlo con su certificado (firma avanzada PAdES).
DeCA de un viaje en SIDODI: carta emitida en su versión 8, URL de inspección del QR, reemisión con motivo y documento de control con las casillas de cargador contractual, transportista efectivo, operador de transporte, vehículos y unidad de carga.

Preguntas frecuentes

Dudas frecuentes sobre el DeCA

¿Es obligatorio que el DeCA sea electrónico?

Sí, a partir del 5 de octubre de 2026. La disposición transitoria octava de la Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, establece que el documento de control administrativo del transporte público de mercancías por carretera será necesariamente digital a los diez meses de la entrada en vigor de la ley, y el Ministerio de Transportes fija esa fecha en el 5 de octubre.

¿El DeCA tiene que ir firmado?

No. La Resolución de 5 de junio de 2026 recuerda que ni la Orden FOM/2861/2012 ni la orden de hojas de ruta exigen firma para la validez del documento de control. Si el DeCA se usa además con finalidad contractual y se incluyen firmas, la resolución exige como mínimo firma electrónica avanzada (AdES), y admite también la cualificada.

¿Sirve la carta de porte como documento de control?

Sí, siempre que contenga todos los datos del artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012 (artículo 2.2 de la orden). La Resolución de 2026 admite usar el formato de otros documentos de transporte como DeCA, siempre que aparezcan identificados de forma expresa y diferenciada el cargador contractual y el transportista efectivo.

¿Hace falta DeCA en un transporte internacional?

No. El artículo 222 del Reglamento de la LOTT establece que en los transportes internacionales se emplean los documentos de control establecidos en los convenios suscritos por España. El documento de control es obligatorio en los transportes interiores y en las operaciones de cabotaje en España.

¿Cuánto tiempo hay que conservarlo?

Al menos un año, tanto el cargador contractual como el transportista efectivo (artículo 9 de la Orden FOM/2861/2012 y apartado segundo.4 de la Resolución de 2026). Si uno de ellos genera los ficheros, basta con que el otro pueda descargarlos durante ese año.

¿Qué enseña el conductor en un control?

El DeCA con su código QR, en el móvil o impreso, o en su defecto solo el código QR. En la copia impresa no se tienen en cuenta las anotaciones a mano: la única forma válida de modificar el DeCA es la que describe la resolución.

Fuentes oficiales

Consultadas el . Este contenido es divulgativo y no sustituye a la lectura del texto oficial vigente.

¿Te interesa la diferencia con la carta de porte? Está explicada en DeCA y carta de porte: diferencias.

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